CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN

  1. CARÁCTER DEL CONTRATO

Las presentes condiciones de contratación se aplican a la contratación de servicios en la web de TMSR School Motorbike, S.L. El idioma de dichas condiciones es el castellano. Estas condiciones de contratación se redactan de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y tendrán fuerza de contrato entre las partes una vez que sean aceptadas.

  1. PRESTADOR DE LOS SERVICIOS

El prestador de servicios u organizador, que opera en este espacio es TMSR School Motorbike, S.L (en adelante TMSR) con Domicilio en C/ Parroquia de Lubre Parcela G-20-02, 15165, Bergondo, A Coruña y CIF B70495478.

  1. OBJETO DEL CONTRATO

1.   El presente contrato tiene como objeto la contratación de un servicio de rodada en el circuito señalado en la oferta de servicios.

2.   Opcionalmente el consumidor podrá contratar el servicio de transporte de vehículos propios para su uso en el circuito.

  1. CONTRATACIÓN Y PAGO DE LOS SERVICIOS
  2. El consumidor que desea contratar un servicio ofertado en la página web desde el menú “Calendario” lo lleva a cabo mediante la opción “Inscribirse”. Una vez realizada la inscripción, TSMR realiza todas las gestiones oportunas y necesarias para obtener la confirmación por parte de los proveedores en función del número de plazas disponibles y el periodo indicado.

 

  1. En el momento de efectuar la reserva, el consumidor deberá proceder al pago del total de la cantidad indicada mediante uno de los medios de pago facilitados.
  2. El consumidor recibirá en su correo electrónico de contacto el resumen de su compra, con todos los detalles necesarios para su correcto disfrute. El consumidor podrá acceder a su cuenta de usuario en la página web de TMSR para gestionar los datos de su reserva, así como modificar o cancelarla.

En caso de no poder ofrecer el servicio contratado por causas imputables a TMSR, ésta procederá a la devolución de todos los importes abonados por el consumidor.

  1. El contrato se entenderá perfeccionado desde el momento del pago de la reserva, obligando a ambas partes.

 

  1. SITUACIONES ESPECIALES

 

  1. Las personas con movilidad reducida, deberán poner en conocimiento de TMSR dicha circunstancia, antes de proceder a la, a fin de que TMSR pueda valorar la posibilidad y viabilidad de prestar el servicio de acuerdo con las características del mismo.
  2. De conformidad con lo establecido en el Reglamento CE 1107/2006, se entiende como persona de movilidad reducida, toda persona cuya movilidad para llevar a cabo el servicio se halle reducida por motivos de discapacidad física (sensorial o locomotriz, permanente o temporal), discapacidad o deficiencia intelectual, o cualquier otra causa de discapacidad, o por la edad, y cuya situación requiera una atención adecuada y la adaptación a sus necesidades particulares del servicio puesto a disposición de los demás participantes en el servicio.

 

6. PRESTACIONES

 

  1. Las prestaciones que TMSR debe llevar cabo y que integran el contenido del contrato son las que se detallan en el contenido de cada uno de los eventos ofertados en su página web y aquellas adicionales o complementarias que se indiquen en el momento de la confirmación de la reserva.

 

  1. En caso de que se produjesen variaciones respecto a la información facilitada y que dio origen al contrato, TMSR pondrá en conocimiento del consumidor dichas variaciones, pudiendo el consumidor resolver el contrato dentro de las 72 horas siguientes a dicha puesta en conocimiento, sin penalización alguna y restituyendo TMSR todas las cantidades abonadas.

 

  1. SERVICIO DE ALOJAMIENTO

 

  1. Corresponde al consumidor, en su caso, contratar el servicio de alojamiento por su cuenta.

 

  1. TRANSPORTE DE VEHÍCULOS DEL CONSUMIDOR

 

  1. En caso de que el consumidor haya solicitado el transporte de su vehículo al lugar de destino deberá presentarse en el lugar indicado para la salida con la antelación indicada por TMSR. Dicha comunicación se realizará en las condiciones particulares del servicio contratado o en su defecto posteriormente mediante comunicación efectiva por teléfono, sms u otros medios análogos de contacto facilitados en el momento de la reserva.

 

  1. En caso de no presentarse a la hora señalada el consumidor con su vehículo, perderá la posibilidad de usar el mismo, teniendo la posibilidad de continuar con el servicio mediante el alquiler de uno a TMSR si esto fuese posible. En caso contrario será de aplicación la penalización contenida en el apartado 13.2.5 de las presentes condiciones de contratación.

 

  1. El transporte de los vehículos se realiza de forma segura y bajo la cobertura de un seguro de responsabilidad civil. El consumidor debe comunicar a TMSR cualquier circunstancia especial o particular que pueda afectar a su vehículo durante el transporte.

 

  1. Si el vehículo sufriese algún daño no cubierto por la póliza de seguro por el motivo anterior TMSR, no se hará cargo de los posibles daños sufridos y en su caso solicitará el resarcimiento de los daños causados por dicha circunstancia oculta.

  

  1. MODIFICACIONES AL CONTRATO

 

  1. Si con anterioridad a la fecha, el consumidor solicitase algún cambio referidos a los otros servicios adicionales ofertados, TMSR podrá exigirle el abono de los gastos adicionales justificados que hubiese causado dicha modificación, así como una prima por modificación de la reserva que no podrá exceder del 3% del precio del servicio.

 

  1. Antes de la fecha, TMSR sólo podrá realizar los cambios necesarios para el buen fin del servicio siempre y cuando éstos no sean significativos. Se considerará que los cambios necesarios son significativos si impiden la realización del servicio.

 

  1. Si TMSR se ve obligada a realizar cambios significativos, lo pondrá inmediatamente en conocimiento del consumidor. El consumidor podrá aceptar la modificación del contrato en la que se indiquen las variaciones necesarias introducidas, así como su incidencia en el precio final, o bien podrá resolver el contrato. El consumidor deberá comunicar de forma expresa su decisión dentro de los tres días siguientes al que se le notifique la modificación. Si el consumidor no comunica su decisión en dicho plazo, se entenderá que opta por la resolución del contrato sin penalización alguna.

 

  1. REVISIÓN DEL PRECIO

 

  1. TMSR sólo podrá revisar el precio, al alza o a la baja, siempre que dicha revisión se produzca antes de los 20 días previos a la fecha y siempre que ésta no sea superior al 15% del precio del servicio. En caso de que sea superior al 15% el consumidor podrá aceptar la modificación del precio, o bien podrá resolver el contrato. El consumidor deberá comunicar de forma expresa su decisión dentro de los tres días siguientes al que se le notifique la modificación. Si el consumidor no comunica su decisión en dicho plazo, se entenderá que opta por la resolución del contrato sin penalización alguna.

 

  1. Dicha revisión de precios, sólo se podrá llevar a cabo para ajustar el importe del precio del servicio debido a las variaciones del precio de los transportes comprendidos en el servicio, incluido el coste del carburante o de los servicios prestados por terceros.

 

  1. DERECHOS DEL CONSUMIDOR EN CASO DE RESOLUCIÓN

 

  1. En los supuestos en que el consumidor, de acuerdo con los apartados anteriores, resuelva el contrato podrá optar entre:

a) Que le sea reembolsada la cantidad abonada en su totalidad antes de que hayan transcurrido 14 días naturales, o

b) Que, siempre que TMSR pueda proponérselo, le ofrezcan otro servicio de calidad equivalente o superior sin poder exigir TMSR el pago de ningún complemento. Si el servicio ofrecido es de calidad inferior se le deducirá la diferencia de precio.

  1. CESIÓN DE LA RESERVA

 

  1. La reserva de plaza es personal e intransferible. El consumidor no podrá ceder su reserva a otra persona sin la autorización expresa de TMSR y en todo caso nunca con una antelación inferior a 14 días a la fecha de inicio del servicio.

 

  1. Si la cesión de reserva se hubiese solicitado con posterioridad al plazo mencionado anteriormente y TMSR la aceptase, podrá exigir al consumidor una prima por cesión que no excederá del 3% del precio del servicio.

 

  1. En todo caso, el consumidor y la persona a quien haya cedido la reserva responden solidariamente ante TMSR del pago del resto del precio, así como de los gastos adicionales justificados que pudiera haber causado la cesión.

 

13. DERECHO DE DESISTIMIENTO DEL CONSUMIDOR

  1. El consumidor dispondrá de 14 días desde la fecha de reserva para desistir del contrato, reintegrándosele el importe abonado en su totalidad con las salvedades señaladas en el número 2 de este apartado.
  2. En todo caso este derecho, así como cualquier cancelación por parte del consumidor, se deberá ejercer con la antelación debida al inicio del servicio, en este caso:
    1. Para las cancelaciones solicitadas con una antelación de hasta 15 días antes de la celebración del evento se les devolverá íntegramente el importe abonado.
    2. Para las cancelaciones solicitadas entre los 14 y hasta los 10 días antes de la celebración de la Jornada de Circuito se reservará la totalidad del importe abonado, menos 10€ de gastos gestión,  en concepto de Saldo a Favor para otro evento a elegir durante el año en curso (reserva personal e intransferible, válida en cualquier evento dentro de la misma temporada).
    3. Para las cancelaciones solicitadas entre los 10 y hasta los 7 días antes de la celebración de la Jornada de Circuito se reservará 50% del importe abonado, menos 10€ de gastos gestión, en concepto de Saldo a Favor para otro evento a elegir durante el año en curso (reserva personal e intransferible, válida en cualquier evento dentro de la misma temporada).
    4. Las cancelaciones solicitadas con menos de 7 días antes de la celebración de la Jornada no darán derecho a recibir devolución ni compensación alguna de ningún tipo
    5. No se permiten cambios de día en los eventos de fin de semana completo .
    6. La NO asistencia a un evento que NO haya sido cancelada debidamente no dará derecho a recibir devolución ni compensación alguna de ningún tipo.
    7. No se permiten cambios de titular en la inscripción.
    8. En caso de solicitar la devolución del importe abonado (siempre y cuando estén en fecha según nuestra política de cancelación), solicitéis cambio grupo, cambio de dia, modificacion de servicios contratados se cobrará una penalización de 10€ por la gestión y gastos bancarios.

 

3. En caso de fuerza mayor el consumidor no será penalizado. Se considerará causa de fuerza mayor el fallecimiento del titular de la reserva o un familiar directo, accidente o enfermedad graves del consumidor o de alguna de las personas con quien conviva, procediéndose en este caso a reservar la totalidad del importe en concepto de Saldo a Favor con el envió de un Código vigente solo para los eventos de la misma temporada , siendo personal e intransferible.

4.Durante todo el tiempo en el que se apliquen restricciones o medidas de seguridad especiales a causa de la pandemia causada por el virus SARS COV-2 o COVID-19, y por motivos de seguridad y salud pública, no se permitirán sustituciones de pilotos, cancelaciones o cambios o modificaciones en la reserva, salvo por causas de fuerza mayor como el fallecimiento del titular de la reserva o un familiar directo, accidente o enfermedad graves del consumidor o de alguna de las personas con quien conviva, procediéndose en este caso a reservar la totalidad del importe en concepto de Saldo a Favor.

5.El desistimiento produce efectos desde el momento en que la voluntad de desistir del consumidor llega al conocimiento de TMSR.

6.TMSR procederá a la devolución de las cantidades oportunas al consumidor en el plazo máximo de un mes.

7.Para realizar la comunicación de desistimiento del contrato, bastará que remita una comunicación a la dirección de correo info@tmsr.es adjuntando el escrito de desistimiento.

8. En caso de solicitar la devolución del importe abonado (siempre y cuando estén en fecha según nuestra política de cancelación), solicitéis cambio grupo, cambio de dia, modificacion de servicios contratados se cobrará una penalización de 10€ por la gestión y gastos bancarios.

 

  1. CANCELACIÓN DEL SERVICIO POR PARTE DEL ORGANIZADOR

 

  1. La cancelación del servicio antes de la fecha de prestación, por causas no imputables al consumidor, le da derecho a éste a resolver el contrato con las previsiones contenidas en cláusula 11.

 

  1. TMSR no responderá cuando:

Cuando la cancelación se deba a que el número de personas inscritas para el servicio sea inferior al exigido y así se comunique por escrito al consumidor y usuario antes de la fecha límite fijada a tal fin en el contrato, que como mínimo será de diez días de antelación mínima a la fecha prevista de iniciación del servicio.

Cuando la cancelación del servicio, salvo en los supuestos de exceso de reservas, se deba a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habría podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.

 

15. FALTA DE PRESENTACIÓN EN DESTINO

 

  1. Se producirá la misma, si el consumidor no comunica su voluntad de no llevar a cabo el servicio contratado y no se presenta en el tiempo y lugar previstos para su prestación. Este supuesto, supone la pérdida de las cantidades abonadas salvo que se produjese por causa de fuerza mayor.

 

  1. En este último caso el consumidor tendrá derecho a que se le devuelvan el 25% de las cantidades abonadas. Se considerará causa de fuerza mayor la muerte, el accidente o enfermedad graves del consumidor o de alguna de las personas con quien conviva o cualquier supuesto análogo que le impida participar en el evento o servicio.

 

  1. CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O FALTA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

 

  1. Si el consumidor comprueba durante la prestación del servicio contratado, que existe algún defecto u omisión en la misma, deberá comunicarlo en el mismo lugar y lo antes posible al personal de TMSR desplazado. La comunicación se realizará por cualquier medio en que quede constancia. Una vez recibida la comunicación, TMSR adoptará las medidas oportunas para hallar las soluciones adecuadas.

 

  1. No tendrá efecto la comunicación si TMSR comprueba en presencia del consumidor que el defecto no existe o que no reúne las características indicadas, y así lo hayan hecho constar.

 

  1. Si el consumidor no realiza dicha comunicación al personal de TMSR desplazado, deberá probar los defectos que alegue de acuerdo con los criterios generales de prueba y serán de su cuenta todos los daños que se produzcan o que se agraven por su falta de comunicación.

17. IMPOSIBILIDAD DE PRESTAR UNA PARTE IMPORTANTE DE LOS SERVICIOS POR PARTE DE TMSR

 

  1. TMSR adoptará las soluciones adecuadas para la continuación del servicio si una vez que se ha iniciado este no suministra o comprueba que no puede llevar a cabo una parte significativa de los servicios previstos en el contrato. Se entenderán como tal aquellos que impiden el normal desarrollo del servicio o produzcan una espera que el consumidor no puede asumir.
  2. TSMR no podrá pedir compensación o suplemento alguno por las soluciones adoptadas de conformidad con el párrafo anterior y abonará al consumidor la diferencia entre las prestaciones previstas y las suministradas.
  3. Si las soluciones adoptadas por el organizador fueran inviables o el consumidor y usuario no las aceptase por motivos razonables, devolverá las cantidades abonadas y no disfrutadas además de facilitar a éste, sin suplemento alguno de precio, un medio de transporte equivalente al utilizado en el servicio para regresar al lugar de salida o a cualquier otro que ambos hayan convenido, sin perjuicio de la indemnización que en su caso proceda o bien abonar los gastos de desplazamiento en que hubiese incurrido el consumidor para presentarse en destino y los derivados de su regreso. En todo caso TMSR abonará las cantidades abonadas y no disfrutadas.
  4. Si el consumidor continúa con la prestación de servicios se entenderá que acepta tácitamente las modificaciones. También podrá aceptarlas de forma explícita.
  5. TMSR no será responsable de que el circuito no se encuentre disponible por causas ajenas a esta en el momento de presentación en destino.

 

  1. DESISTIMIENTO DEL CONSUMIDOR DURANTE LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO

 

  1. Si el consumidor desiste del servicio una vez comenzado, no podrá reclamar la devolución de las cantidades entregadas y continuará obligado a abonar las que estén pendientes de pago.

 

  1. En caso de enfermedad o fuerza mayor, TMSR le prestará la asistencia que precise y, en su caso, a abonar el importe de la diferencia entre las prestaciones previstas y las suministradas, deducidos los gastos de anulación debidamente justificados que correspondan.

 

  1. En ambos casos, todos los gastos suplementarios ocasionados por el desistimiento, y en particular los de repatriación o traslado al lugar de origen, correrán a cargo del consumidor.

 

  1. DEBER DE COLABORACIÓN DEL CONSUMIDOR AL NORMAL DESARROLLO DEL SERVICIO

 

  1. En todo caso el consumidor deberá respetar y atender a las indicaciones que le sean proporcionadas por TMSR o sus colaboradores para la adecuada ejecución de los servicios. Observará las normas legales que sean de aplicación en general al servicio.

 

  1. En los servicios prestados en grupo se guardará el debido respeto a los demás participantes y observará una conducta que no perjudique el normal desarrollo de la actividad.

 

  1. En caso de que TMSR observe una conducta no apropiada conforme a lo señalado en los apartados anteriores podrá resolver el contrato en la parte no prestada. TMSR podrá exigir la indemnización que proceda por los daños causados que sean imputables a la conducta del consumidor.

 

  1. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL CONSUMIDOR

 

  1. Mediante la aceptación de estas condiciones, el consumidor reconoce que es plenamente consciente y sabedor de que la participación en un evento deportivo de conducción en un circuito de velocidad es una actividad peligrosa que entraña un elevado riesgo, el cual el abajo firmante declara conocer, aceptar y asumir sin reservas de manera voluntaria y bajo su única y exclusiva responsabilidad.

 

  1. El consumidor garantiza que tiene la edad legal necesaria para la conducción de vehículos a motor prevista, y dispone de los permisos, licencias y autorizaciones que en su caso sean preceptivos para el desarrollo de la actividad programada en el circuito o evento reservado.

 

  1. El consumidor, asegura que cuenta con las necesarias facultades físicas y mentales para la realización de la actividad deportiva comprometiéndose a no practicarla o a cesar de manera inmediata la práctica de la misma ante cualquier problema de índole físico, y/o mental, declarando en todo caso que el abajo firmante no sufre ningún tipo de enfermedad o limitación, que pudiera condicionar de manera alguna la práctica de la actividad. De igual manera, en ningún caso realizará la práctica deportiva bajo la influencia de ningún tipo de sustancia o medicamento, cualesquiera naturaleza y función que tengan los mismos, que pudiera afectar, siquiera de manera indirecta, la conducción. En todo caso, el consumidor se compromete expresamente a comunicar tanto a TMSR como en su caso a la dirección del circuito, cualquier tipo de ingesta de medicamente que haya podido realizar en las 72 horas previas al evento.

 

  1. El consumidor se compromete en todo momento a obedecer las instrucciones del personal tanto de TMSR como del circuito así como las medidas de seguridad establecidas en el pista y cualesquiera normativas que pudiera afectar a la actividad, debiendo en todo caso actuar con la diligencia debida según las circunstancias existentes, ya sean mecánicas, climatológicas, del vehículo, del trazado, de su pericia o de cualesquiera otra naturaleza que pudieran afectar a la actividad, ajustando la conducción y especialmente la velocidad a las mismas, de tal forma que evite la producción de cualesquiera resultados dañosos, ya sea propios o a terceros.

 

  1. El consumidor garantiza que el vehículo o vehículos de su propiedad o por el aportados y que emplee para la práctica deportiva estarán en perfecto estado y serán aptos para la actividad programada, debiendo el consumidor equiparse adecuadamente con todos aquellos elementos de seguridad como guantes, casco, mono, etc. que sean adecuados y pertinentes en función de la actividad a desarrollar, según las prácticas y usos normales en este tipo de eventos deportivos.

 

  1. El consumidor en el caso de sufrir algún tipo de daño durante su participación en el evento, ya sea en su persona o en sus bienes, se compromete expresamente a no reclamar cantidad alguna ni interponer ninguna acción, demanda, etc. ante cualquier orden jurisdiccional frente TMSR School MotorbikeS.L., su director, administradores, socios, personal o terceros contratados o subcontratados, renunciando en todo caso a cualesquiera acciones que pudieran corresponderle por este concepto.

 

  1. RESPONSABILIDAD DE TMSR

1. TMSR responde frente al consumidor tanto si ejecuta ella misma las prestaciones comprendidas en el servicio como si las llevan a cabo terceros.

2. TMSR, responde de los daños causados al consumidor por la no ejecución o ejecución deficiente de los servicios contratados, así como de los daños que procedan del incumplimiento de cualquier otra obligación que corresponda a su ámbito de gestión de acuerdo con la legislación aplicable.

 

  1. CAUSAS DE EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD DE TMSR

La responsabilidad de TMSR cesará:

  1. Siempre que los defectos observados en la ejecución del contrato sean imputables al consumidor.
  2. Que los defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las prestaciones previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable.
  3. Que los defectos se deban a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales las circunstancias anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.
  4. Que los defectos se deban a un acontecimiento que TMSR no pudiese prever ni superar, aunque hubiese adoptado las medias de diligencia oportunas. En este caso se entenderá que la prestación no se lleve a cabo porque el circuito a pesar de su contratación no se encuentre disponible por causas no imputables a TMSR.

 

  1. DEBER DE ASISTENCIA

 

  1. Aunque TMSR estuviese exonerada de responsabilidad atenderá al deber de socorro de los consumidores, prestando la necesaria asistencia al mismo. No obstante, no estará obligada a hacerlo cuando la asistencia fuese precisa por una conducta intencional o negligente del consumidor.

 

  1. COBERTURAS DE SEGURO

 

  1. Todas las actividades que constituyen la prestación de servicios cuentan con coberturas de seguro adecuadas para hacerse cargo de las indemnizaciones derivadas por daños corporales o no corporales.

 

  1. Dichas coberturas se basan en la información facilitada por el consumidor a TMSR.

 

  1. LEY APLICABLE

 

  1. Las presentes condiciones generales de contratación se rigen por lo acordado entre las partes, a las normas legales de ámbito autonómico vigentes en el lugar de celebración del contrato y, en su defecto, por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la defensa de los consumidores y los usuarios y otras leyes complementarias.

 

  1. RECLAMACIONES A TMSR

 

  1. Sin perjuicio de las acciones legales que le asisten, el consumidor podrá efectuar por escrito reclamaciones por la no ejecución o la ejecución deficiente del contrato ante TMSR en el plazo máximo de 30 días, a contar desde aquel en el que debía finalizar el servicio.

 

  1. TMSR contestará por escrito las reclamaciones formuladas dentro de plazo en el plazo máximo de 30 días desde su recepción.

 

  1. FUERO Y JURISDICCIÓN

 

  1. La legislación aplicable para resolver cualquier conflicto respecto a la interpretación de estas condiciones es la legislación española, así como los Tratados Internacionales que haya suscrito España.

 

  1. Las partes se someten, a su elección, para la resolución de los conflictos y con renuncia a cualquier otro fuero, a los juzgados y tribunales del domicilio del usuario.

 

  1. El consumidor dispone además de la posibilidad de acudir al servicio de resolución de disputas en línea de la Comisión Europea.

Condiciones de contratación publicadas en A Coruña a 10 de diciembre de 2020.